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viernes, 10 de junio de 2011

PRD celebra la elevación de los derechos humanos a rango constitucional


El Partido de la Revolución Democrática (PRD) celebra la promulgación de la reforma que eleva los derechos humanos a rango constitucional. Este hecho constituye el más trascendental acto de su tipo realizado en el país en las últimas décadas y ha sido objeto de un amplio reconocimiento internacional.

En ese contexto, lamenta que la mayoría panista del Congreso del Estado no haya aprobado esta reforma, hecho que coloca a Guanajuato nuevamente en una condición de entidad donde su gobierno y legisladores del partido en el poder responden a los intereses del panismo más conservador.

Este 10 de junio, el titular del Poder Ejecutivo de la Federación firmó el decreto de promulgación de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, en el que se hace un a ajuste a 11 artículos de la Constitución. Ahora la ley prevé que si una autoridad incumple una recomendación de las comisiones de derechos humanos, se podrá pedir al Congreso que cite a la autoridad respectiva para que explique.

Asimismo, quita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad de investigar las violaciones graves a los derechos humanos, responsabilidad que ahora recaerá en la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

El decreto de promulgación consta de un artículo único en el que se modifica la denominación del Capítulo Primero del Título Primero de la Constitución, que desde ahora se llama De los Derechos Humanos y sus Garantías. De igual manera se modifican 11 artículos. Entre los cambios resaltan:

El artículo 1o. indica que “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia” y que “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”. Lo anterior se agrega a la adición que prohíbe la discriminación por preferencias sexuales.

El artículo 3º. señala que “La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

El artículo 11 dice que “En caso de persecución, por motivos de orden político, toda persona tiene derecho de solicitar asilo; por causas de carácter humanitario se recibirá refugio. La ley regulará sus procedencias y excepciones”.

El artículo 15 añade que “No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”.

El artículo 18 indica que “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley“.

El artículo 29 especifica, entre otros aspectos, que “en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto” (…), “la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y garantías debe estar fundada y motivada en los términos establecidos por esta Constitución y ser proporcional al peligro a que se hace frente, observando en todo momento los principios de legalidad, racionalidad, proclamación, publicidad y no discriminación”.

El artículo 102 señala que “La Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un Estado, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas”.

Se trata de cambios históricos que colocan a México entre los países con la más adelantada legislación en la materia.


Guanajuato: gobierno dominado por el Yunque

No obstante que la reforma fue respaldada por senadores y diputados federales panistas, la legislatura local guanajuatense de nueva cuenta evidenció su conservadurismo al votar en contra de una reforma finalmente aprobada por 21 congresos estatales.

Posturas como la anterior, así como la limitada tipificación de feminicidio, el rechazo a la propuesta de reforma para no discriminar por preferencias sexuales, el haber sido la última entidad en aprobar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el haber reformado la constitución local para cerrar posibilidades a la despenalización del aborto proyectan de Guanajuato la imagen de un estado donde reinan ideas del sector más conservador y reaccionario del panismo mexicano, representado en el Yunque.

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